30.7.08

La Mejor Constitución

Jorge Pedro Busti Presidente de la Convención y titular de la Cámara de diputados de la provincia a afirmó:“Vamos a tener la mejor Constitución de la República Argentina, se los puedo asegurar”

Añadió que “vamos a elevar la calidad institucional”, porque “cualquiera de ustedes van a tener la posibilidad de pedir por una ley que consideren inconstitucional, se van a poder controlar mas a los que gobiernan, se van a poder revocar los mandatos”

Prosiguió su relato resaltando que “hasta los jueces van a temblar porque ahora va a haber participación popular para remover a los jueces cuando metan la pata, todo esto se está plasmando en la nueva constitución”

Sobre su labor en la presidencia de la Cámara de Diputados aludió que, “mientras yo la presida, va a estar abierta a todas las corrientes populares, a todos los que trabajen y producen y quieran progresar en la provincia de Entre Ríos”.



El 1 de agosto finalizará la entrega de dictámenes

La Convención Constituyente trabaja a paso acelerado

Las diferentes comisiones que trabajan sobre la reforma de la Constitución entrerriana, trabajan por estos días a paso acelerado. Tal es así que en esta semana se emitieron trece dictámenes, que deberán ser tratados en las próximas sesiones. Cabe destacar que el miércoles, jueves y viernes de la próxima semana se debatirán temas tales como amparo por mora, declaración de inconstitucionalidad de oficio, derecho a réplica y jurado de enjuiciamiento, entre tantos otros. Por otra parte, desde la Secretaría y Prosecretaría se dio a conocer que el 1 de agosto deberán concluir la emisión de dictámenes de comisión.

Según se determinó en la sesión pasada, el miércoles 31 los 45 convencionales constituyentes deberán abordar los dictámenes sobre amparo por mora, inconstitucionalidad de oficio y por omisión y también el Habeas data. Además, el temario contiene modificaciones al Poder Judicial. En varios casos hay disidencias.

Amparo por mora

"Quien fuere parte en un expediente administrativo podrá interponer amparo por mora a fin de obtener resolución inmediata en el caso de demora injustificada de la autoridad interviniente, en expedirse sobre el asunto requerido por el interesado. En tal supuesto el juez emplazará a la administración o al funcionario remiso, bajo los apercibimientos que la ley establezca, a pronunciarse sobre el acto pretendido por el ocurrente en el plazo perentorio de diez días, aunque no podrá ordenarle en que sentido lo debe hacer. La omisión en expedirse comportará la denegación tácita de la pretensión en trámite y agotará la vía administrativa, quedando expedita la acción judicial".

Este despacho fue avalado por la mayoría y tiene disidencias parciales de Hermo Pesuto (VER) y de Martín Acevedo Miño de Recrear.

Inconstitucionalidad de oficio

"Es de ningún valor toda ley de la provincia que viole o menoscabe las prescripciones establecidas por la ley suprema de la nación y por esta Constitución, así como todo acto, contrato, decreto u ordenanza que contravenga a las mismas o las leyes dictadas en su consecuencia, pudiendo los interesados demandar o invocar su inconstitucionalidad o invalidez ante los tribunales competentes. Sin perjuicio de ello, los jueces al advertir la inconstitucionalidad de una norma, de oficio la deberán declarar. La sentencia que pronuncie la inconstitucionalidad será declarativa y de condena pudiendo ser ejecutada. En el proceso respectivo podrán admitirse medidas cautelares. La declaración de inconstitucionalidad por tres veces y, por sentencia firme de una norma general produce su abrogación en la parte afectada por el vicio".

En este caso, el dictamen tuvo disidencias las planteó la UCR y Recrear.

Acción de inconstitucionalidad por omisión

"Cuando esta Constitución, una ley o una ordenanza dictadas en su consecuencia, otorgasen algún derecho que dependiera para su concreción de una ulterior reglamentación y esta no se dictara dentro del año de la sanción de la norma que la impone, el interesado podrá demandar ante el Superior Tribunal de Justicia por el procedimiento del amparo la condena de la autoridad renuente, a dictar de inmediato la norma omitida. Ante el incumplimiento del obligad, el tribunal integrará la misma o, de ser esta de sanción imposible, ordenará si correspondiere, la indemnización al demandante del daño resarcible que sumariamente este acredite.

Si la autoridad omitiere realizar un acto propio indispensable para regular funcionamiento del Estado, cualquier interesado ene le mismo podrá, por la vía prevista, en el apartado anterior, demandar se condene al funcionario remiso a cumplir la conducta debida o a que, en su defecto, la realice directamente el Tribunal".

Habeas data

"Toda persona tiene derecho a interponer acción expedita, rápida y gratuita de habeas data para tomar conocimiento de los datos referidos a ella, a su cónyuge, a sus hijos menores, a sus familiares directos fallecidos o a sus propios bienes, así como de la fuente, finalidad y destino de los mismos, que consten en todo registro, archivo o banco de datos públicos o privados de carácter público, o que estuviesen almacenados en cualquier medio técnico apto para promover informes.

En caso de falsedad o uso discriminatorio de tales datos podrá exigir sin cargo alguno, la inmediata rectificación o actualización de la información falsa, o a la supresión o confidencialidad de la sensible.

El ejercicio de este derecho no puede afectar las fuentes de información periodística ni el secreto profesional.

La ley establecerá el trámite de la acción prevista en la presente, que no procederá cuando la obtención de los datos reclamados estuviese legalmente permitida y reglamentada".

Para este texto, hubo disidencias parciales de Américo Schwartzman (PS) y de Acevedo Miño (Recrear).

Finalmente, los convencionales debatirán las reformas a la composición del Superior Tribunal de Justicia que, a propuesta de la mayoría, será por "un número impar de miembros que no podrá ser inferior a cinco" y en cuanto a la justicia de Paz, establece que será letrada. Los cambios alcanzan varios artículos y por ellos distintas acciones vinculadas con el Poder Judicial.

Para el jueves y viernes

En tanto, para el jueves 31 y viernes 1 de agosto quedarán pendientes a tratar temas tales como derecho a réplica, derecho al deporte, derechos humanos, derecho de habitante sometido a proceso penal, derecho a la seguridad, trato igualitario y tutela judicial, órganos autónomos de control, jurado de enjuiciamiento, ministerio público, derechos sexuales y reproductivos, libertad de expresión, derecho a asociarse, derecho a la vida y derecho a la identidad.

Otros plenarios

Desde la Secretaría y Prosecretaría se dio a conocer que el 1 de agosto deberán concluir la emisión de dictámenes de comisión y se estableció además, según se acordó en la reunión de labor parlamentaria, otras fechas tentativas para nuevas sesiones. Serían el 7, 8, 14, 15, 21, 22, 28 y 29 de agosto y el 4, 5, 11, 12, 18, 19, 23 y 24 de setiembre se realizarán los plenarios para la elaboración del texto ordenado y el 26 y 27 de ese mismo mes se considerará la fe de erratas para dedicar los días 28 y 29 a la impresión del texto definitivo y el día 30 de setiembre realizar la votación de la nueva Carta Magna entrerriana en la ciudad de Concepción del Uruguay.

PARA TENER EN CUENTA

PRÓXIMAS SESIONES PLENARIAS: 30 Y 31 DE JULIO Y 1º DE AGOSTO

PLAZO PARA PRESENTR DICTÁMENES para esas sesiones:

PARA EL DÍA 30: EL LUNES 28 A LAS 17:00 HS

PARA EL DÍA 31: EL MARTES 29 A LAS 17:00 HS

PARA EL DÍA 1 DE AGOSTO: EL MIERCOLES 30 A LAS 9:00 HS

REUNIÓN DE LABOR:

MARTES (29) A LA HORA 19:00 EN SALA DE PRESIDENCIA