La comisión de control del Estado definió hoy cómo será en la nueva Constitución la contaduría general de la provincia y estableció los requisitos para su responsable, aunque para llegar a ello debatieron casi dos horas.
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La contaduría general de la provincia es un órgano rector del control interno de la gestión económica y financiera de la hacienda pública provincial. Estará a cargo de un contador general y tiene autonomía funcional respecto de todos los poderes del Estado.
Corresponde a su competencia exclusiva llevar la contabilidad general de la administración pública y dictar normas de contabilidad para todo el sector público provincial
Intervendrá preventivamente en todos los actos que generen libramientos de pagos previstos en el presupuesto general o en otras leyes que los autoricen, sin que ello implique sustituir los respectivos criterios de oportunidad o mérito.
Controlará el procedimiento establecido en la ley y la razonabilidad del precio de la contratación. Sin su visto bueno no podrán autorizarse gastos ni emitirse órdenes de pago, salvo en los casos en que hubiera insistencia por acuerdo de ministros, debiendo dar inmediatamente publicidad a su resolución y, dentro de los 15 días subsiguientes a la misma, poner todos los antecedentes en conocimiento del Tribunal de cuentas.
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27.5.08
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