14.8.08

Reelección

Se aprobó la reelección por un período y se aumentó el cupo de diputados

En la 21º sesión ordinaria de la convención constituyente, que se realizó este viernes en el Consejo general de educación (CGE), el pleno aprobó las reformas al Régimen electoral, por lo que se asegurará el pleno ejercicio de los derechos políticos, y se estableció que el gobernador y vicegobernador podrán ser reelectos por una sola vez. La cámara de Diputados se compondrá de 34 ciudadanos.

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Luego de un extenso debate de más de cuatro horas, sin el acompañamiento de la Unión cívica radical (UCR), 33 convencionales votaron a favor del despacho por mayoría con modificaciones, por el que se reforma el Régimen electoral provincial.


A partir de la sanción de esta Constitución, el gobernador y vicegobernador podrán ser reelectos solamente por un período en forma consecutiva o alternado. Las modificaciones permitirán que la cámara de Diputados esté compuesta por 34 ciudadanos.


Sobre el tema, el presidente de la convención constituyente, Jorge Busti, dijo a AIM que “se modificó despacho de comisión referido al artículo 120 y se logró el consenso, lo que es la base de la convención. No es lo mismo que una sola representación apruebe las modificaciones al régimen, que éste sea acompañado por la Coalición cívica, el Socialismo y el Frente viva Entre Ríos, ya que solamente el radicalismo votó en contra, por lo que se logró más de dos tercios, porque en general y particular se votó con más de 30 votos”.


Busti señaló que sobre el tema “hubo discusión”, pero aclaró que “durante mucho tiempo se dramatizó el tema. Como se observa, había que tratarlo como se hizo acá y buscar consenso”.


Según dispone el proyecto que pasó a la comisión de redacción, tendrán voto en las elecciones provinciales los ciudadanos argentinos que estén inscriptos en el padrón electoral de la Nación, por el que deberán celebrarse las elecciones de la provincia.


Asimismo se asegura el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y se determina la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos.



El régimen electoral será uniforme para toda la provincia, respetará los derechos establecidos en la Constitución y determinará las limitaciones y prohibiciones al ejercicio del sufragio. Además se garantizará el derecho electoral de las personas con capacidades diferentes en base a los principios de no segregación, equidad de oportunidades y accesibilidad.


Desde ahora, la provincia constituye un distrito electoral único y se subdividirá en secciones correspondientes a cada departamento, y éstas en circuitos o mesas en las que se agruparán los electores. En tanto, la Legislatura deberá establecer la fecha de las elecciones provinciales y municipales, sin perjuicio de lo que puedan resolver las respectivas cartas orgánicas para los municipios que cuenten con ellas.

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